Derecho a la salud y la tutela en Colombia

personErika Sánchez

date_rangeJulio 22, 2019

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Camilo Español dio la batalla por su bebé quien vivió con una condición de salud especial. Camilo se cansó de esperar a que DPS le respondiera, aun cuando ganó una tutela a favor de su hijo. Luego de tres meses de esperar decidió hacer un plantón frente a su EPS, ahí lo conocimos, el reclamaba que su hijo pudiera tener atención, pues solo podía recibir nutrición por un catéter, la cual iba directo al sistema circulatorio central.

La salud es un derecho fundamental para los colombianos pero ante la ‘incompetencia’ del sistema, la tutela ha sido el recurso más apetecido por los usuarios pero no siempre efectivo ante la necesidad de los usuarios.

Por esta razón, el equipo de la Defensoría del Pueblo regional Boyacá Diana Pérez Laverde, Guillermo Cruz Valderrama, Edwar Tuiran Nova Sánchez, Oscar Samir Benitez y Nelly Forero, resaltó que la acción de tutela es el mecanismo plasmado en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia vigente, que busca proteger los derechos constitucionales de los individuos.


Cabe mencionar que todo en la salud es tutelable, sin embargo, en otros temas es necesario estudiar el caso. No es necesario interponer más de una tutela para reclamar el mismo derecho del paciente, de esta manera se propende por no colapsar este sistema y así sea efectivo.

El tiempo límite para dar respuesta a la tutela son 10 días y si la entidad de salud no cumple con el fallo de la tutela, se incurre en desacato sancionable, para presentar este recurso no es necesario contar con abogado, la misma Defensoría brinda este servicio.

Es importante resaltar que los contenidos más frecuentes en este recurso respecto a las solicitudes médicas son los tratamientos, medicamentos, citas médicas especializadas, procedimientos quirúrgicos, prótesis, órtesis e insumos médicos.


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